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Ley de Ciudadanía Portuguesa | Actualización

Ley de Ciudadanía Portuguesa | Actualización

El presidente de la República Portuguesa solicitó el 26 de enero una revisión de la constitucionalidad del decreto-ley que modifica la ley de ciudadanía, no relacionada con el ajuste del cronograma propuesto. El Parlamento portugués aprobó previamente el citado Decreto.

La investigación del Presidente se centró explícitamente en el artículo 6 del Decreto, que abordaba los casos pendientes de adquisición de la nacionalidad por parte de los descendientes de judíos portugueses. Después de las modificaciones, los solicitantes tendrán que demostrar su elegibilidad manifestando una relación con la comunidad portuguesa sobre la propiedad de bienes inmuebles, visitas frecuentes al país o, en el caso de asuntos pendientes, la propiedad de permisos de residencia serán válidos por al menos un año. Teniendo en cuenta la situación actual entre Israel y Palestina, el Presidente cree que añadir más requisitos para convertirse en ciudadano de Portugal podría interpretarse como una violación del principio de la dignidad humana.

La investigación del Presidente no se centró en ningún examen de otros artículos del Decreto, a saber, las enmiendas que se sugirieron para tener en cuenta el plazo de cinco años para la duración de la residencia legal, incluso para los propietarios de Golden Visa.

El mencionado recurso de inconstitucionalidad es independiente de la aprobación de una adenda a la cláusula que regula la adquisición de la ciudadanía portuguesa a través de una residencia legal de cinco años. Sin embargo, un cambio destacable es que el plazo para el cómputo de los períodos de residencia legal se modifica para comenzar en el momento en que se solicita el permiso de residencia temporal.

El Tribunal Constitucional portugués tiene ahora 25 días para pronunciarse sobre si el artículo 6 del decreto es constitucional o inconstitucional. El presidente tendrá que vetar el decreto y será devuelto al Parlamento para su revisión si el Tribunal Constitucional considera que la disposición viola la Constitución portuguesa. El Presidente puede publicar el decreto o ejercer un veto político si se considera que el artículo es conforme a la Constitución.